El Tribunal Constitucional extiende a toda España la anulación del impuesto de la plusvalía municipal

El Tribunal Constitucional (TC) extendió ayer a toda España la nulidad del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, abrió una vía de reclamación para los afectados de hasta 8.300 millones de euros. Interesante noticia publicada por el periódico El Mundo

En concreto, el TC aplicó a todo el Estado lo que ya había decretado para Guipúzcoa y Álava: que sólo se pagará el impuesto de plusvalía en los casos en los que, efectivamente, se haya producido un incremento del precio de la vivienda que se vende. En caso contrario, los ayuntamientos no podrán exigir el pago de este gravamen, tal y como ha ocurrido hasta ahora.

Esta figura impositiva es de gran importancia para los municipios y sólo en 2015, último año del que se tienen datos, la recaudación superó los 2.600 millones de euros. Y en los últimos cuatro años, que en principio es el plazo máximo que puede pasar desde que se pagó el impuesto hasta que se pone la reclamación, la cifra asciende a esos más de 8.300 millones que ahora son susceptibles de ser revisados y, en su caso, reembolsados a los afectados.

Sin embargo, casi con total seguridad la cantidad que finalmente se reintegre no será tan abultada ya que, aunque la sentencia afecta a los años en los que más cayeron los precios de los inmuebles como consecuencia del fin de la burbuja inmobiliaria, parece difícil que todas las ventas se cerrasen con pérdidas. Pero aún así, «creemos que la cifra final de reembolsos estará entre los 4.000 y 5.000 millones», explica José Baltasar Plaza, socio de Bufete Rosales.

La tasadora Tinsa, por su parte, afirma que el número total de afectados será superior a los 550.000, y añade que los municipios más afectados están en la Comunidad de Madrid, con unos 76.500 casos, y las provincia de Barcelona, con más de 56.000, y Alicante, con 47.500.

Todas estas cifras, por lo tanto, muestran la magnitud y trascendencia de la decisión que ayer tomó el Tribunal Constitucional, que puede hacer que el impuesto de plusvalía se convierta en las cláusulas suelo de los ayuntamientos. La diferencia, evidentemente, es que las devoluciones y compensaciones a los afectados se tendrán que hacer con dinero público.

Por ello, tanto el Ministerio de Hacienda como la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) están ya trabajando para, primero, realizar las modificaciones legislativas necesarias y, segundo, decidir cómo enfrentar el alto número de reclamaciones y reintegros a los que se van a enfrentar. En este proceso será clave el documento que la FEMP debe remitir antes del fin de mes al Gobierno con sus propuestas y estimaciones de impacto.

«Hasta el momento, los ayuntamientos están obligando a seguir la vía contenciosa-administrativa», explica Plaza, algo que a partir de ahora podría cambiar ya que, en su opinión, lo decretado por el TC hace que «estén ganadas el 100% de las reclamaciones que se ajusten a la sentencia». Sin embargo, el socio de Bufete Rosales descarta que, al menos de momento, se habilite un mecanismo de pago como el de la salida a Bolsa de Bankia o las cláusulas suelo.

Por lo tanto, lo primero que deben hacer los contribuyentes que han tenido que pagar el impuesto de plusvalía tras cerrar la venta de un piso con pérdidas es presentar, ante el ayuntamiento correspondiente, un escrito de solicitud de rectificación y devolución de ingresos indebidos. En esta reclamación deberán incorporar el importe abonado, y con este paso se podrá en marcha la vía administrativa. El ente local en cuestión deberá fijar un plazo para darle una respuesta al afectado, que si no está de acuerdo con la misma podrá acceder al procedimiento judicial.